“Año del Diálogo y la Reconciliación Nacional”
La pena de
muerte en el Perú
Alumna: Patricia Peña
Profesora: Mariela Vásquez
Curso: Comunicación Efectiva
2018
Introducción
Perú un país muy hermoso y pero con un lado muy oscuro lleno de
depravaciones y crueldad de crimen escapan cualquier intento de tolerancia o
contemplación con el violador y asesino confeso…
Síntesis
La pena de muerte para
mi si es válida, Ya que se debe ser justo con aquellas personas que son víctimas,
de abuso, asesinato y todo lo relacionado con el lado depravado del ser humano.
Se sabe que no somos
nadie para quitar la vida a otra persona pero aquellos que lo hacen y de una
manera muy cruel deben de ser castigados, merecen ser castigados.
Pero también hay pena
de muerte para aquellos que traicionan a
su Patria, en este caso también la pena
de muerte para mi es válida ya que al momento de formar parte de una patria se
tiene que tener mucha lealtad.
Desarrollo
Ley pena de muerte
Hace 38 años no se
aplica la Pena de Muerte en el Perú.
Así, con anterioridad
a este, la pena de muerte era aplicada a una gran cantidad de delitos y sus
diversas formas de ejecución se caracterizaban no solo por matar, sino por
hacerlo produciendo los mayores tormentos y sufrimientos al condenado con esta
pena.
Sin embargo, para esta
ley había ciertas restricciones, como aplicar la pena de muerte en menores de
edad y a mujeres en gestación.
ANULACIÓN DE PENA DE MUERTE
En los años que la
pena de muerte estuvo en vigencia, entre 1957 al 1979 fueron ejecutados 7
hombres por matar a miembros de las fuerzas armadas. La última ejecución fue
aplicada en 1979.
La Pena de muerte ¿se
podrá aplicar en el Perú?
Esta no es la primera
vez que la aplicación de la pena de muerte como una condena para todo aquel que
incurre en el delito de violación entra en debate en nuestro país. Muchas son
las opiniones de quienes están a favor y en contra de esta medida.
Desde
el 2006, durante el segundo gobierno del ex presidente Alan García, se planteó
la aplicación de la pena de muerte para sicarios y violadores de menores
de edad que causen la muerte de sus víctimas.
Pese a que el
Ejecutivo envió un proyecto al Congreso para reformar la Constitución y
permitir la aplicación de esta condena, no tuvo éxito.
Y es que el 28 de
julio de 1978 el Perú ratificó un tratado internacional que recibe el nombre de
Convención Americana sobre Derechos Humanos, también conocido como Pacto de San
José de Costa Rica. Este documento contiene dos artículos clave que debemos
considerar.
El primero está
referido a que se prohíbe extender la pena de muerte para delitos que no estén
contemplados con anterioridad en cada país, mientras que el segundo señala que
ningún país puede interpretar la Convención para limitar la libertad de sus
ciudadanos.
Hace
39 años, cuando el Perú ratificó el tratado, estaba vigente la pena de muerte
para delitos de traición a la Patria en caso de guerra exterior, homicidio
calificado y otros supuestos. Sin embargo, cuando se creó la Constitución de 1979, solo se mantuvo
la pena de muerte por traición a la Patria y se eliminaron los delitos antes
mencionados.
El asesinato y la
violación nunca tuvieron como sanción la pena de muerte, lo que significa que
aplicar esta medida está prohibido para nuestro país.
Conclusiones
1.
La pena de muerte no
es disuasiva. Existe la idea de que con la pena de muerte los crímenes
disminuyen, que el malhechor lo pensará dos veces antes de poner su vida en
peligro.
2.
Es jurídicamente
inviable. El Perú ratificó en 1978 la Convención Americana sobre Derechos
Humanos, donde se prohíbe expresamente que los países extiendan la pena de
muerte a delitos que no estuvieran contemplados previamente en su legislación
interna.
3.
Nuestro sistema de
justicia no es confiable.